viernes, 7 de agosto de 2009

3 era semana de clases.

Temas a tratar en esta semana partieron a lo referente a Ilícitos Tributarios; y que los mismo son los actos y acciones que van contra o atentan contra las normas tributarias, basándose desde todo lo que refiere a sanciones, agravantes, y atenuantes en la primera parte del tema.
Sabiendo que sanciones; son los efectos de una conducta constituye infracción de una norma jurídica; y están sanciones son aplicables a través de prisión, multa, clausura temporal del establecimiento.
Agravantes, como aquellas circunstancias accidentales al delito y concurrentes con la acción delictiva que producen el efecto de modificar la responsabilidad criminal del sujeto.
Atenuantes; como aquellos acontecimientos aplicables a todo los delitos y a la personalidad anterior y posterior del hecho que permite disminuir o suavizar las penas.
Clasificación de los ilícitos tributarios:
· Ilícitos formales.
· Ilícitos relativos a las especies fiscales y gravadas.
· Ilícitos materiales.
· Ilícitos sancionados con pena restrictiva de
libertad.

Ilícitos Formales: Son todas aquellas violaciones al Derecho Tributario Formal, manifestado en los mecanismos administrativos de control del cumplimiento de las obligaciones tributarias.

Ilícitos relativos a las Especies Fiscales y Gravadas: son aquellas violaciones al Derecho Tributario Formal respecto de ciertas obligaciones tributarias cuyo control es, por su naturaleza, distinto al de las obligaciones tributarias ordinarias (alcoholes, timbre fiscal, etc).

Ilícitos Materiales: Son violaciones al Derecho Tributario Sustantivo, manifestados en la disminución ilegítima de los ingresos legalmente debidos al sujeto activo tributario, tienen que ver con dinero.
Ilícitos sancionados con penas restrictivas de libertad: Son violaciones al Derecho Tributario Material, manifestadas en la disminución fraudulenta del producido tributario, con mecanismos delictivos propiamente dichos.



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